Herramienta jurídica que posibilita la adquisición de Derechos reales ejercibles por la posesión
Puede tener además de una función de adquisición, una función de regularización (cuando no puede concluirse una escrituración) y también de purgación (breve)
Otros institutos con algunas similitudes, pero diversos: usucapión administrativa, vacancia administrativa, escrituración
Es un modo originario de adquisición de ciertos derechos reales (no un modo derivado)
Solo se pueden usucapir todos los derechos reales que se ejercen por la posesión (dominio, condominio, propiedad horizontal, conjuntos inmobiliarios, tiempo compartido, usufructo, uso, habitación, cementerio privado, superficie, anticresis, prenda)
No son usucapibles hipoteca y servidumbres
Las servidumbres se ejercen por actos posesorios, pero igualmente no son usucapibles porque no confluye el animus domini
Incidencia de orden público en muchos aspectos
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